Documentación Necesaria Para Transporte Terrestre y Marítimo


Para el transporte intermodal de contenedores es necesario disponer de una documentación completa y adecuada a los requerimientos de la FIATA (Federación internacional de asociaciones nacionales de transitarios). En España, los documentos para el transporte intermodal de contenedores solo pueden ser expedidos por las oficinas FETEIA-ATEIA, la cual es una asociación nacional transitoria asociada a FIATA. Estas disposiciones legales son un conjunto de normas adecuadas a las exigencias de traslados terrestres (ADR), aéreos (IATA), ferrocarril (RID) y marítimos (IMDG/IMCO).


Estos documentos son los siguientes:
  • FCR o certificado de recepción: el FCR (forwarding agent certificate receipt) es un documento que emite la empresa transitaria y envía a la compañía cargadora. 
  • FCT o contrato de transporte: el FCT (forwarding agent certificate transport) es un documento que expide el transitario legalmente con la intención de formalizar el transporte intermodal de contenedores entre él y la compañía cargadora.
  •  FBL o contrato de transporte marítimo: el FBL (forwarding agent bill of lading) es el documento que debe expedir el transitario para la compañía cargadora, formalizando así un compromiso de transporte internacional. 
  • FWR o certificado de almacenaje: el FWR (forwarding agent warrant receipt) es un documento que certifica la recepción de un depósito por parte del transitario. Este documento solo puede ser negociable si se emite bajo la forma expresa de «negociable».
  • SDT o declaración de mercancía peligrosa: el documento SDT (declaration dangerous transport) es un documento de la FIATA donde el consignatario de un transporte intermodal de mercancía peligrosa notifica ante un transitario que su mercancía cumple con todas las disposiciones legales exigidas.


Documentos necesarios para el transporte ferroviario: 

Las mercancías consideradas peligrosas son aquellas cuyo transporte está autorizado únicamente en determinadas condiciones, en las que se aplican ciertas obligaciones o recomendaciones de seguridad. En el caso del ferrocarril, se regula a través del RID, el Reglamento Internacional sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril, emitido por la Unión Europea.

la Carta de Porte Ferroviaria o CIM,  documento que acredita el contrato de transporte y sirve como título de propiedad de la mercancía. Es un documento expedido por la estación de ferrocarriles de origen, y rellenada y supervisada por el expedidor de la mercancía.

Transporte de Mercancías Peligrosas por Vía Marítima: Convenio MARPOL
Documentos necesarios para transporte Marítimo:

  1. Packing List: tiene como fin principal informar a la naviera, transitario, importador y Aduana del contenido que envía el expedidor, sin que sea necesario por parte de ellos inspeccionar o verificar  el contenido del pedido.
  2. Bill of Lading: es uno de los documentos más importantes del transporte marítimo internacional.  Se trata de un contrato que emite la empresa naviera, con el fin de acreditar o confirmar que la mercancía se ha recibido correctamente a bordo para ser transportada a su destino.
  3. La factura comercial: es bastante similar a cualquier otra factura. La diferencia principal es que recoge información específica sobre el envío de la mercancía a presentar y declarar a la Administración para la emisión del despacho de aduanas tanto en origen como en destino, y por tanto documento de gran importancia en el transporte marítimo.
  4. Certificado de Origen: Como su propio nombre indica, el certificado de origen es un documento que justifica y acredita el país de origen de la mercancía, cuando se realiza un envío internacional. Identifica, por tanto, el país en el que se ha producido dicha mercancía.
  5. Despacho de Aduana:  Por ello, las embarques de exportación e importación deben ser declarados ante la Aduana. Para la realización del despacho se necesitará, generalmente, factura comercial, packing list, certificados y bl (en el caso de la importación). En el caso de la importación el despacho permitirá la introducción de las mercancías en la UE y se generará la deuda aduanera (pago de los impuestos si fuera necesario; IVA, Arancel, impuestos especiales, etc.) El en caso de la exportación, autoriza la salida de la mercancía del territorio ya que las operaciones de exportación están exentas de IVA.
  6. Carta de Crédito: es un vínculo formal por medio del cual el importador se compromete a pagar al vendedor en el extranjero, siempre y cuando éste entregue la documentación y mercancías en la fecha acordada. Se trata, por tanto, de un acuerdo de pago vinculante entre el comprador y el vendedor.

Comentarios

  1. existen diferentes tipos de documentos para el transporte Marítimo, aéreo y terrestre para que la importación y exportación de la mercancía sea efectiva, y estos documentos sirven para evitar que haya problemas con la carga o que se filtre mercancía ilícita a otros países.

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  2. El documento de transporte multimodal (DTM) es aquel documento que formaliza el contrato y la responsabilidad que asume un único Operador de Transporte Multimodal (OTM) ante el propietario de la carga. Este documento también engloba el cobro de un flete y un seguro únicos, los despachos aduaneros, las tasas y cualquier otro pago o gasto que comprenda el transporte multimodal.

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  4. La documentancion que se utiliza para el transporte de mercancia es muy variada, depende del modo de transporte que se va a utlizar, el tipo de mercancia si es peligrosa, frajil, si se transporta animales, o mercancia percedera, de gran valor y demas, todos estos llevan un documento especial, estos hacen que los operadores que tengan que recibir la mercancia para poder hacer que llegue a su destino final, puedan reconocer de inmediato y saber toda la informacion de la mercancia, cosa que no quita el igual revisarla para curase en salud como quien dice. Es muy importante siempre dejar todo negocio claro en un papel fisico escrito como lo son estos documentos.
    todo debe estar bien regularizado con bien dice en este blog por cada entidad del modo de transporte que se va a utilizar las cuales son :traslados terrestres (ADR), aéreos (IATA), ferrocarril (RID) y marítimos (IMDG/IMCO).
    La profesionalidad en el uso de los documentos, generará beneficios para todas las partes intervinientes; ya que el exportador podrá cobrar rápidamente la operación, y el importador recibirá la mercadería en el tiempo previsto.

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